El pasado 25 de marzo de 2020, el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, emitió el Decreto 475 de 2020 como primera fase en pro de mitigar el impacto que trae consigo la pandemia ocasionada por el Covid-19 en el sector cultura. Y este 15 de abril, adoptó el Decreto 561 de 2020 que esperamos otorgue un alivio al sector artístico y cultural de Bogotá y el país.
El Gobierno Nacional con el Decreto 475 aprobó las siguientes medidas:
• Destinar más de $80.000 millones para la seguridad social de artistas y gestores culturales (adultos mayores), a través del programa de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS Naranja, que maneja Colpensiones, quienes serán los responsables de hacer entrega de los auxilios en periodos bimestrales. Y que hasta el 3 de abril de 2020 cobijaba a cerca de 3.000 artistas y gestores del país, según datos ofrecidos por la Ministra de Cultura en reunión con la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes.
• Distribuir transitoriamente más de $40.000 millones, provenientes del recaudo de la Ley de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas – LEP —que no hayan sido comprometidos, ni obligados, ni ejecutados—, para ser destinados a actividades de creación, formación virtual, producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas en cualquier modalidad (presencial o virtual), hasta el 30 de septiembre de 2021. Esta bolsa está en manos de municipios y distritos, quienes serán autónomos en el manejo de estos recursos.
• Ampliación de los plazos para la declaración y el pago de la contribución parafiscal de espectáculos públicos de las artes escénicas.
• Ampliación de los plazos para la declaración y el pago de la Cuota para el Desarrollo Cinematográfico.
• Ampliación de las fechas para la realización de eventos apoyados por los Programas Nacionales de Estímulos y Concertación Cultural del Ministerio de Cultura.
Los artistas y gestores culturales más vulnerables en este momento entran en línea de auxilio bajo los parámetros de los BEPS Naranja, y algunos de ellos bajo los programas Jóvenes en acción y Familias en acción. Sin embargo, este primer decreto no logra cobijar de manera concreta a otro grupo importante de nuestro sector. Queda una lista de colombianos dedicados sistemáticamente a las artes que están en literal naufragio. Sus características socio-económicas están fuera de los perfiles de los programas ya mencionados, pero sus actividades e ingresos en este momento son nulos, pues dependen de un encuentro continuo con el público, ya sea en salas de teatro, museos, casas y centros culturales, como también en escenarios diseñados para la reunión de público cautivo.
Buscando que el impacto no se letal para el sector de las artes, el Gobierno Nacional sigue adoptando medidas extraordinarias para atender las crecientes necesidades y aliviar las pérdidas económicas y laborales, que han afectado a artistas, compañías, agrupaciones y productoras.
En vista de lo anterior y respondiendo a su obligación de mitigar la conmoción a la que nos hemos venido enfrentando los colombianos dada la interrupción repentina de la actividad económica, para nuestros gremio, el Gobierno Nacional ha hecho público el Decreto 561 del 15 de abril de 2020. En este documento se da fe, que los artistas, creadores y gestores culturales hacen parte de uno de los sectores de la población más afectados por las restricciones preventivas de esta emergencia, poniendo en total riesgo su mínimo vital para subsistir. Así que se ha tomado la siguiente disposición, que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020:
Que el dinero correspondiente al Impuesto Nacional al Consumo con destino a Cultura, que será girado por el Ministerio de Cultura a departamentos, municipios y distritos, debe ser destinado transitoriamente para contribuir, con transferencias monetarias no condicionadas o incentivos económicos, a la subsistencia de los artistas, creadores y gestores culturales, que demuestren su estado de vulnerabilidad. Recursos del cual, un mínimo del 3% de su total se destinará a los artistas, creadores y gestores culturales con discapacidad.
Lo artistas y gestores que están cubiertos bajo los programas Familias en Acción, Protección al Adulto Mayor-Colombia Mayor, BEPS para creadores y gestores culturales, Jóvenes en Acción, Ingreso Solidario, o cobijados con la compensación del impuesto sobre las ventas -IVA, no podrán acceder a este alivio económico.
A la fecha estaremos al tanto de las disposiciones y mecanismos para ejecutar este decreto por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, en el caso de Bogotá, que con urgencia deberá consolidar un censo actual para atender con rigurosidad esta nueva medida.
Aquí puede descargar el Decreto 475 del 25 de marzo de 2020 y el Decreto 561 del 15 de abril de 2020.
Hola buenos días ,como o qué debo hacer para ser beneficiario de este subsidio ya que no pertenezco a ninguna de las ayudas mensionadas anteriormente y tuve que cerrar mi espacio teatral. Gracias
Jairo ¿de qué ciudad es usted?
Le pido esté al tanto de los sitios web del Ministerio de Cultura, de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y de Kiosko Teatral, si es de Bogotá, sino de la Secretaría de su ciudad o municipio.
Que paso con los auxilios para los gestores y artistas…